Por: Natalia Vanessa Higuera Moreno
Uno de los aspectos que afecta la generación de empresas y empleo en Colombia es el sistema tributario, haciendo que la evasión y la elusión fiscal, así como la informalidad, se vuelvan una alternativa en el desarrollo de las actividades económicas. Sin embargo,
con la creación del Régimen Simple de Tributación (RST) a través de la Ley 2010 de 2019, se busca facilitar a personas jurídicas y naturales el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el pago de un único impuesto.
¿Qué es el RST?
Es un sistema de tributación que unifica la declaración y el pago de: el impuesto nacional al consumo, el impuesto de industria y comercio, renta, avisos y tableros, y sobretasa bomberil.
Así, a través de una declaración anual y con el pago de anticipos bimestrales, se da cumplimiento a las obligaciones tributarias.
¿Cuáles son las condiciones para acogerse al RST?
Debe de cumplir con todos los requisitos establecidos en la ley para las personas jurídicas
1. Que sus socios, partícipes o accionistas sean personas naturales, nacionales o extranjeras, que residan en Colombia.
2. Que en el año los ingresos brutos, tanto ordinarios como extraordinarios, sean inferiores a 80.000 UVT, que para el 2022 esta suma equivale a $3.040.320.000.
3. Si uno de los socios tiene participación en una o varias empresas o sociedades inscritas en el RST, estos ingresos se validan de manera consolidada y en la proporción a la participación en las empresas o sociedades.
4. Si un socio es gerente o administrador de otras empresas o sociedades, el límite de los ingresos se revisará en consolidado con las empresas o sociedades que administra.
5. Debe estar al día con todas las obligaciones tributarias y en las contribuciones al sistema de seguridad social.
6. Debe estar inscrita en el Registro Único Tributario, así como en firma y facturación electrónica.
¿Cuáles son los beneficios del RST?
Por un lado, dependiendo de la actividad que realice y los ingresos que genere, se determina la tarifa del impuesto. Así, se reconocen las diferencias que existen entre las actividades económicas, haciendo más progresivas las contribuciones, en lugar de una tasa general. Sin embargo, es importante tener en cuenta que no todo tipo de actividades están cobijadas por este régimen, y que, si un contribuyente realiza
dos o más actividades, deberá de pagar la tarifa más alta.
Por otro lado, los aportes a pensiones pueden tomarse como un descuento tributario en los anticipos bimestrales, siendo este otro de los beneficios que ofrece este régimen. Igualmente, respecto a sus trabajadores, se exonera en el pago de parafiscales por ICBF y SENA, y la contribución a salud -solo la que realiza el empleador-.
Adicionalmente, se encontrará exonerado de retención en la fuente y no deberá practicar retenciones, salvo los correspondientes a los pagos laborales.
Por último, se realiza un descuento del 0,5% de los ingresos recibidos a través de los pagos con tarjetas de crédito y/o débito, y mecanismos de pagos electrónicos, y por los cuales se pueda considerar que son un ingreso tributario para determinar el valor del impuesto. En otras palabras, se descuenta del impuesto el 0,5% de los ingresos recibidos por estos medios. Con esto, se incentiva la adopción de medios de
pago alternativos al efectivo que generalmente representan costos adicionales.
¿Qué debe hacer una para vincularse al RST?
Por un lado, si ya se cuenta con el Registro Único Tributario (RUT), debe realizar la actualización de este para que se registre como responsable bajo el régimen simple. Sin embargo, esto solo podrá hacerlo hasta el 31 de enero del respectivo año.
Por otro lado, si va a iniciar su actividad económica, podrá acogerse a este régimen desde el momento del registro inicial en el RUT.
No obstante, cabe precisar que la norma es clara con la exigencia en el cumplimiento de las condiciones y requisitos legales para ser parte de este régimen. Por ello, en caso de ser insubsanable el incumplimiento, podrá perder de forma automática su calidad de contribuyente al RST para ser contribuyente del régimen ordinario.
Por todo lo anterior, con este sistema de tributación los pequeños empresarios podrán formalizar su actividad comercial, así como dar cumplimiento a las disposiciones en materia tributaria, de manera sencilla y con beneficios. Igualmente, al contar con los
registros y ejercer de manera regular la actividad, contarán con mayor facilidad para el acceso al crédito en las entidades financieras, así como a programas del gobierno que apoyan a las pequeñas y medianas empresas.