Aspectos relevantes sobre el arbitraje

Por: Sofía Cepeda

Por lo general, se tiende a pensar que la única forma de resolver una controversia entre particulares es acudiendo a la jurisdicción ordinaria; sin embargo, nuestro ordenamiento jurídico contempla diferentes mecanismos alternativos para la de solución de conflictos. Uno de ellos es el arbitraje, mediante el cual un particular, al que se denomina árbitro, es investido transitoriamente de la función de administrar justicia. Veamos en qué consiste:

Este mecanismo surge por la voluntad de las partes, materializada a través de una cláusula compromisoria o un compromiso, siendo la diferencia preponderante entre estas, que la primera se pacta de forma previa al surgimiento del conflicto, mientras que el segundo se pacta cuando ha surgido la disputa, por lo que, su ámbito de aplicación se encontrará limitado al conflicto puntual que se presenta.

Así pues, son las partes las que determinan las reglas que le son aplicables, tales como, número de árbitros, procedimiento a seguir y bajo qué condiciones se solucionará la controversia, es decir, si se falla siguiendo la ley aplicable o se decide en equidad.

De igual forma, las partes tienen la facultad de designar libremente a los árbitros o delegar en un tercero o Centro de Arbitraje dicha escogencia. Si se opta por esta última, los árbitros serán designados mediante sorteo dentro de la especialidad jurídica relativa al asunto.

Ahora bien, es necesario poner de presente que no todas las controversias pueden ser sometidas a arbitraje pues existen casos en los que no aplica este mecanismo; por ejemplo, las relacionadas con el estado civil de las personas, los derechos mínimos de los trabajadores, los derechos de autor, la legalidad de los actos administrativos, los títulos ejecutivos, entre otras.

Entonces nos preguntamos ¿Cuáles son las ventajas del arbitraje? Y aunque la respuesta no es simple, destacaremos lo más importante:

En primer lugar, los árbitros cuentan con conocimientos especializados acerca de la controversia que se les está pidiendo solucionar, por lo que, se tiene la certeza de que la persona que tomará la decisión es un experto en el tema y entiende todas las aristas que se puedan presentar a lo largo de una negociación.

En segundo lugar, el proceso arbitral garantiza, por un determinado tiempo, la confidencialidad del asunto, de manera que no se vean afectadas la relaciones con aliados estratégicos, patrocinadores y clientes actuales y potenciales. Lo anterior, es de suma relevancia pues a ninguna empresa le interesará que otras personas se enteren de que están enfrentando un litigio.

Por otro lado, un mito sobre el arbitraje es su elevado costo, sin embargo, este mecanismo nos permite ahorrar el recurso más valioso, el tiempo, ya que su trámite es mucho más expedito que en el sistema judicial. En efecto, este proceso puede tardar alrededor de un año en resolverse mientras que el proceso ordinario tiene una duración mucho mayor. De tal manera que, haciendo un análisis integral entre el costo y el tiempo, se puede evidenciar que el proceso arbitral resulta a larga mucho más beneficioso.

Por último, para hacer que sea obligatorio el cumplimiento del fallo tenemos que las decisiones arbitrales prestan mérito ejecutivo y, por tanto, es exigible su cumplimiento ante un Juez de la República mediante un proceso ejecutivo. Es importante mencionar que solamente se utiliza este último, en caso de que la parte vencida se niegue a cumplir el fallo, pero en ningún momento se reabrirá el debate sobre la controversia ya resuelta.

La influencia del arbitraje está siendo tan significativa y eficaz que en la actualidad se está tramitando ante el Congreso de la República un proyecto de Ley que tiene como objetivo crear la modalidad de arbitraje en los procesos ejecutivos, lo cual evidencia la necesidad cada vez más sentida de utilizar mecanismos alternativos de cara a solucionar la congestión judicial. Para finalizar este artículo, es necesario recalcar la importancia de una correcta asesoría jurídica en la materia ya que, la posibilidad de someter su conflicto potencial o actual al procedimiento arbitral depende en gran medida de una correcta elaboración de la cláusula compromisoria o del documento del compromiso. Evitando con esto algún tipo de incoherencia, incompatibilidad e imprecisión que haga el pacto arbitral totalmente inservible, y generando con ello, que sus pretensiones deban ser ventiladas ante la justicia ordinaria.

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